El 90% de los deudores bancarios quieren pagar, cuestión diferentes es si pueden o no. Así mismo, el 75% de los impagados que en alguna ocasión supera los 30 días terminarán, tarde o temprano, entrando en mora contable, lo que implica realizar dotaciones bancarias, que en un 70% de los casos se materializan en pérdidas de algún tipo. Un millón de euros en mora contable en un único año puede ser mucho, pero 100.000 € en diez años quizás no sea tanto.
Partiendo de los citados principio concluimos que el trabajo de un departamento de morosidad no consiste en cobrar, sino en reducir o posponer las pérdidas, lo que en ocasiones implica cobrar. Es decir, debe buscar como digerir un gran plato de impagados en varios bocados y no en uno sólo que puede ahogar nuestra cuenta de resultados. Esta teoría es la que denominamos proceso de absorción de la mora o destemporacización de la morosidad, que procura que los impagados se materialicen en el futuro, cuando quizás la situación económica sea mejor o nuestra cuenta de resultados pueda asumirlos.
Para poder poner en práctica el proceso de absorción de la morosidad –y simplificando en mucho una explicación muy compleja- el paso previo consiste en analizar, junto con el departamento de estudios de la entidad y el de tesorería, ciertas variables al objeto de fijar el plazo o periodo en el que deseamos liquidar los activos tóxicos. Conceptos básicos a este fin son:
Magnitudes absolutas: Son las referentes al conjunto de la entidad en relación con el total de activos morosos.
- Límite de perdidas soportable: Es el importe máximo de pérdidas que puede asumir en un año la cuenta de resultados de la entidad, cifra siempre equivalente al resultado positivo del ejercicio. Es decir, se pueden tener tantas pérdidas como beneficios en el ejercicio.
- Límite de pérdidas tolerable: El importe de pérdida soportable quizás la entidad no lo quiera o pueda tolerar, por necesidades de recapitalización, de liquidez, de solvencia o de distribución de dividendos, por lo que habrá que restar estos conceptos para obtener el límite de pérdidas tolerable.
- Pérdidas materializables por razón de la mora: Es la suma de las pérdidas causadas, o que pudieran producirse, por cada una de las operaciones impagadas. Si su cifra es inferior a límite de pérdidas tolerable no será preciso poner en marcha el proceso de absorción de la mora. El problema surge en las graves crisis económicas –como la presente- en la que se reducen los ingresos y se incrementa la morosidad, donde surge la necesidad de posponer las perdidas para otro ciclo económico.
Magnitudes relativas: Son las referentes a cada una de las operaciones impagadas.
- Coste de Recuperación: Son los gastos en los que se incurre para recobrar un impagado. Deben conocerse antes de iniciar cualquier gestión, pues de ellos y, lo que es más importantes, de si podremos repercutirlos al deudor podremos concluir la necesidad de una refinanciación, una dación, instar un proceso judicial, aprobar un fallido, una quita o una espera.
- Pérdida previsible: El importe que se estima en cada operación que no podrá recuperar por ningún medio, ni por vía contenciosa. Así, en las operaciones con garantía pignoraticia es posible que no exista pérdida alguna, en las hipotecarias puede haberlas pero siempre nos veremos de algún modo resarcidos y en las personales en función dependerá de si hay o no rentas o bienes embargables.
Pdas previsibles + Ctes recup todas las operaciones = Pérdidas Materializables
- Periodo de liquidación: Es tiempo que estimamos tardaremos en recuperar el capital e intereses de la operación impagada. En ocasiones será más rápido por vía contenciosa y en otras será más factible acordar un periodo de espera o pagos fraccionados. En vía contenciosa un procedimiento ejecutivo puede variar mucho en función del juzgado, del procedimiento y del activo. Es muy complicada su determinación con exactitud, pero hemos de evaluarlo para saber cuanto tardaremos en recuperar la inversión y si puede darse una aglomeración de impagados.
Con estos conceptos el objeto es hacer una previsión más o menos acertada sobre los futuros escenarios de morosidad para en función de ellos determinar la estrategia a seguir. Tres son las estrategias posibles:
1º.- Normal: En contextos de baja morosidad se refinanciarán sólo las operaciones que conforme a un estricto criterio de riesgos así se aconseje y se remitirán a ejecución las operaciones al tiempo de su entrada en mora contable.
2º.- Preparatoria: Se estima un fuerte incremento de la mora y se aceleran todas las ejecuciones posibles para que no confluya en el mismo espacio temporal con las nuevas entradas.
3º.- De postposición: Ante un insoportable volumen de morosidad ha de fraccionarse y trasladarse al futuro, para mejor momento, por lo que se exigen refinanciaciones, novaciones, carencias, daciones, etc…, aun cuando el más extractor análisis de riesgos no lo aconseje. Se compra tiempo.
Para comprender mejor el planteamiento, ponemos un ejemplo de previsión sobre la posible evolución de la morosidad en 10 años sucesivos.
- Los dos primeros años son de expansión económica, mayores beneficios y menor morosidad, en consecuencia, escasas pérdidas por razón de la morosidad y un límite de pérdidas tolerable más levado al obtener mayores beneficios. Por lo que se emplearía una estrategia de trabajo Normal.
- En el tercer año se aprecia un notable incremento de lo morosidad y una pérdida de los beneficios. Se emplearía una estrategia Preparatoria, se remitiría rápidamente a ejecución las operaciones para que no coincidan las pérdidas de este año con las venideras.
- Los años 4, 5 y 6 las pérdidas superarán lo tolerable, por lo que deberíamos procurar trasladarlas a los años posteriores mediante refinanciaciones, carencias, etc… El límite de tolerancia es factible sostenerlo, dado que se incrementaría la actividad comercial y recortarían gastos en la entidad para obtener unos mayores beneficios.
El objetivo es lograr convertir la anterior previsión en la siguiente realidad:
Con todo ello se pretende evitar que la morosidad lleve a la ruina, cierre o intervención de la entidad crediticia como consecuencia de la morosidad.